LA RESPONSABILIDAD JURÍDICA

LA RESPONSABILIDAD JURÍDICA

Hablemos de la culpa y sus consecuencias, en términos genéricos y con la suficiente simpleza para explicar qué responsabilidades existen en el sistema jurídico de nuestros tiempos. Sin entrar en las definiciones jurídico-técnicas, explicaré las figuras que el derecho diferencia ante el incumplimiento de las leyes, y las responsabilidades que ello genera.  

Cuando nos embarcamos en un procedimiento judicial, pensamos o hacemos la reflexión de ¿Cómo puedo probar que tengo este derecho? o ¿cómo puedo probar que yo no he incumplido la ley? Estas son las dos posturas existentes en el procedimiento judicial: el que reclama unos derechos ( demandante, denunciante) y por el contrario nos encontramos la parte que debe defenderse ( demandado o denunciado). Este último es la parte que puede tener responsabilidad, y por tanto podrá ser condenado según lo que ha pedido la otra parte y lo que se haya conseguido probar en el procedimiento. Cuando hay una condena , se establece una obligación a la parte que ha provocado el daño, esa es la responsabilidad de la que vamos a hablar.

Las categorías de estas condenas, siempre hablando desde la responsabilidad, son muchas y su aplicación a las distintas materias de derecho pueden ser compartidas o no. Vamos a hacer una explicación sucinta de los criterios y de los tipos.

En la mayoría de las materias existen definiciones de distintas responsabilidades que se imputan a una o varias personas, y con criterio de orden. Responsable directo, el responsable subsidiario ( si el directo no responde lo hace él ), el responsable solidario ( es una responsabilidad entre varias personas, que se puede reclamar a uno cualquier o a todos). 

Ahora vamos a diferenciar en las distintas materias del derecho. El sistema de derecho civil es aquel que rige las relaciones de carácter privado( personales y patrimoniales).  Existen distintos tipos de responsabilidades y distintas categorías.

  1. Según la identificación del hecho concreto se denomina una responsabilidad civil objetiva , en esta se entiende la vulneración de los derechos sin considerar o analizar si existe o no culpa de quien lo hace. Según la identificación de la culpa de la persona, se denomina responsabilidad civil subjetiva, que como hemos dicho se valora la culpa o negligencia de la persona que lo hace.
  2. Según la relación privada de las partes, la culpabilidad en el derecho civil suele enmarcarse por la característica si ésta viene de un contrato o no, y se diferencian en responsabilidad contractual o extracontractual.

El derecho mercantil es aquel que regula la actividad de los comerciantes en el ejercicio de su profesión, los actos de comercio y a las relaciones jurídicas derivadas de la realización de éstos. En esta materia son aplicables las responsabilidades del derecho civil.

Existe una rama del derecho mercantil que es el societario, que regula la relación de los socios, con administradores y la sociedad en sí. Existen figuras que identifican responsabilidades a cada uno de estos agentes: la responsabilidad de los socios que será solidaria (bajo exclusiones), la responsabilidad de los Administradores.

Otra materia, y más controvertida es el Derecho Penal, (no entraremos en especificaciones ya que daría para un solo artículo dedicado a ello). Esta rama del derecho tiene unas normas jurídicas establecidas por el Estado, que definen las conductas delictivas y las penas o medidas de seguridad que hay que aplicar a sus infractores.

  1. De forma general, se puede ser autor de un delito de dos formas: autor inmediato ( que ha realizado el hecho), el autor mediato ( que se ha valido de otra persona para realizar el hecho).
  2.  Según el numero de personas que intervienen en el delito puede encontrarse una coejecucion/coautoria que implica que hay varios autores.  
  3. Además, en esta materia igualmente se identifican a los cooperadores necesarios que son los que ayudan a la comisión del delito, y que sin ellos no habría sido posible.
  4. La responsabilidad de las personas jurídicas también ha sido definida. Se exigirá en determinados números de delitos , y esta solo se considerará cuando una persona vincula a la empresa, y cuando la mercantil haya obtenido un beneficio. 

Por último, entramos en la materia que es aplicable a las Administraciones Publicas, es el derecho administrativo. La estructura de estas figuras sigue las anteriores categorías, si bien hay algunas específicas de la materia.

  1. la responsabilidad patrimonial del estado , que es una figura en la que se  atribuye la obligación a la Administración de reparar los daños, es un tipo de responsabilidad civil.
  2. La responsabilidad vinculada al régimen disciplinario que es aplicable a los trabajadores sobre el incumplimiento de sus obligaciones. 
  3. La responsabilidad de autoridades y personal de las Administraciones Publicas, que consiste en que la propia Administración se la reclama a sus empleados.
  4. La responsabilidad penal, también es aplicable a las Administraciones Públicas, es más el Código Penal tiene numerosos delitos especificados y aplicables solo a personal del servicio público.

Las combinaciones de las categorías, su concurrencia siempre dependerá de los casos específicos. En todo caso, esto nos puede servir para poder identificar las cosas y entender un poco más nuestro sistema jurídico, que es complejo pero rico en las figuras de responsabilidad.

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